El Sumak kawsay en Ecuador

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El Sumak kawsay
en Ecuador

LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL

El Artículo 26 de la Constitución de la República reconoce a la educación como un derecho que las personas lo ejercen a largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. El Art. 27 de la Constitución de la República establece que la educación debe estar centrada en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar.

 

Constitución de la República del Ecuador

Nosotras y nosotros, el pueblo soberano del Ecuador, RECONOCIENDO nuestras raíces milenarias, forjadas por mujeres y hombres de distintos pueblos, CELEBRANDO a la naturaleza, la Pacha Mama, de la que somos parte y que es vital para nuestra existencia, INVOCANDO el nombre de Dios y reconociendo nuestras diversas formas de religiosidad y espiritualidad, APELANDO a la sabiduría de todas las culturas que nos enriquecen como sociedad, COMO HEREDEROS de las luchas sociales de liberación frente a todas las formas de dominación y colonialismo, y con un profundo compromiso con el presente y el futuro, Decidimos construir una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza, para alcanzar el buen vivir, el sumak kawsay.

 

Plan Nacional de Desarrollo / Plan Nacional para el Buen Vivir 2013-2017

La elaboración de este Plan fue liderada por la Senplades, en su condición de Secretaría Técnica del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa, conforme el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas y presentado por el Presidente Rafael Correa para conocimiento y aprobación en el Consejo Nacional de Planificación. El Plan Nacional de Desarrollo, denominado para este periodo de gobierno “Plan Nacional para el Buen Vivir 2013-2017” fue aprobado en sesión de 24 de junio de 2013. El Buen Vivir se planifica, no se improvisa. El Buen Vivir es la forma de vida que permite la felicidad y la permanencia de la diversidad cultural y ambiental; es armonía, igualdad, equidad y solidaridad. No es buscar la opulencia ni el crecimiento económico infinito.

 

El holograma del Sumak Kawsay, principio, valor o regla: cooperativismo al buen vivir en el sistema constitucional ecuatoriano.

El campo del derecho constitucional y de la participación ciudadana en la sociedad, abordó un análisis que permita la resignificación del correcto uso del Sumak Kawsay como principio, valor o regla. El Sumak Kawsay o Buen Vivir tanto desde la cosmovisión andina, como desde el aparataje de la política pública, es una forma de vida que está construida desde la igualdad y la justicia social, con el único fin de lograr su desarrollo en armonía. Esta cosmovisión ancestral en el Ecuador fue elevada a rango constitucional y se empieza a desarrollar en planes y políticas públicas; sin embargo, es importante dotarle de un mayor contenido para efectivizar su implementación y tutela.

DOCUMENTOS DE APOYO

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2011_leyeducacionintercultural_ecu

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constitucion_de_Ecuador

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Ecuador Plan Nacional del Buen Vivir

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el holograma del sumak kawsay